Los consignatarios valencianos avanzan en la prevención de riesgos laborales
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Asistentes a la presentación |
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En ella se incluyen una serie de recomendaciones practicas con las que cada empresa consignataria podrá dotarse de un procedimiento de actuación interno y personalizado en materia de coordinación de actividades empresariales durante las maniobras de atraque, desatraque y fondeo de los buques de sus representados.
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Un momento de la presentación |
El documento ha sido elaborado por un equipo de trabajo formado por la ‘Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales de la Asociacion Naviera Valenciana’, la empresa “GRUPO PREVING” y con la colaboración de los técnicos especialistas del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) y cuenta con el prologo de Felipe Codina Belles, Director General de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social de la Generalitat Valenciana y Director del (INVASSAT).
Para las empresas de la Asociacion Naviera Valenciana, la actividad de Coordinación resulta decisiva en el entorno portuario, lugar donde diariamente se constata una intensa y diversa actividad productiva, llevada a cabo por múltiples empresas, entidades y colectivos laborales. Asimismo, la creciente utilización de fórmulas de subcontratación de obras o servicios, añade un plus de complejidad desde el punto de vista de la Seguridad y Salud Laborales.
Cuando hablamos de esta materia, el objetivo de las empresas de esta asociación, se ha situado siempre más allá del mero cumplimiento de las obligaciones legales; ya que la eficacia que seamos capaces de generar supondrá una limitación, en gran medida, a los accidentes o daños para la salud de los trabajadores.
Así pues, esta Guia constituye una herramienta de trabajo específica para la gestión eficaz de las responsabilidades en materia de CAE por parte del consignatario, durante las maniobras de atraque y desatraque de buques.
A tal fin, nuestra obra aporta una visión resumida acerca del marco normativo existente, resaltándose por su mayor interés la interpretación por parte de la Abogacía del Estado del artículo 65.1 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, respecto de las funciones que corresponden en este ámbito a los distintos actores del recinto portuario, y donde se han determinado con mayor nitidez las funciones y responsabilidades del consignatario.