La ANV acoge una jornada sobre obligación del Registro Horario de
El Real Decreto-Ley 8/2019 impone a las empresas, a partir del 12 de mayo, la obligación de garantizar el registro diario de la jornada de trabajo de sus trabajadores, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada realizada por cada persona trabajadora. Y se remite a lo que se pacte en convenio colectivo o en acuerdo colectivo de Empresa y, en defecto de esos pactos, a lo que decida el empleador.
Con el objeto de examinar las consecuencias de esta nueva obligación legal en las empresas del sector, la ANV programó una sesión a cargo del asesor laboral Miquel Valldecabres Muñoz, donde tras informar del contenido de esta nueva obligación, y las responsabilidades en caso de incumplimiento, se analizó su encaje en el actual convenio colectivo y las diferentes alternativas que se pueden plantear así como las soluciones más adecuada para cada empresa.