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Veintepies : Opinión
      

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José Francisco Pardo Mateu
Subdirector y Responsable de Servicios Jurídicos y Laborales del CPE de Valencia
VM, 26/11/2024

Dicen los mayores que todo llega. Pero parecía que nunca iba a llegar la hora de ver un nuevo convenio colectivo para los portuarios en el Puerto de Valencia. pic

Cuando se firmó el convenio allá hacia final del año 1995, el Rey Juan Carlos residía en el Palacio de la Zarzuela, Felipe González en el de la Moncloa, y Eduardo Zaplana acababa de llegar al Palau de la Generalitat.

Y sin duda, los firmantes de ese convenio colectivo, que tenía una vigencia prevista de tres años, nunca llegaron a pensar que verían pasar con el convenio aplicable, dos Reyes, cinco presidentes del gobierno y seis presidents de la Generalitat. Y por supuesto, el ya lejano cambio de siglo.

Durante las casi tres décadas de vigencia del convenio que ha regido las relaciones laborales de dos generaciones de portuarios en el Puerto de Valencia, como es obvio, las cosas han cambiado significativamente a todos los niveles, (social, político, laboral, legislativo, tecnológico…), lo que ha provocado que paulatinamente se haya ido alejando lo regulado en el convenio a finales del siglo pasado, con la nueva realidad y las necesidades dimanantes de la misma. Por ejemplo, cuestiones tan capitales en el momento presente como son la conciliación de la vida laboral y familiar o la igualdad, no se habían contemplado en el convenio colectivo.

Baste referirme a que, a la firma del convenio, daba sus primeros pasos la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Valencia, la cual ha venido transformándose de forma sucesiva, transitando el camino legislativo hacia la privatización primero, y hacia la liberalización después. Hasta llegar a la creación de los Centros Portuarios de Empleo, siendo el de Valencia el primero en constituirse. Y durante el periodo de aplicación del convenio, se han firmado el IV y V Acuerdos sectoriales, sin que esto haya tenido su correspondencia a nivel local.

Y esto ha obligado a empresas y sindicatos a negociar aspectos no contemplados en el convenio, pero que venían impuestos por las necesidades que iban surgiendo a lo largo de los años.

Sin embargo, pese a los sucesivos intentos para negociar un nuevo convenio colectivo, por unas cosas o por otras, los mismos nunca llegaban a fructificar. Unas veces por los temores de una u otra parte, o de las dos, otras veces por el ancestral inmovilismo normativo en el sector, otras por presiones propias de un sindicalismo mal entendido y demasiado fragmentado que asociaba el cambio normativo a la cesión de derechos, otras por la impugnación de los sucesivos convenios colectivos estatales, que privaban a los ámbitos inferiores de negociación de un referente estable y pacífico…

Por lo que, a lo largo de los años, y por estricta necesidad, empresas y centrales sindicales se han limitado a ir cerrando diferentes acuerdos puntuales, por no referirme a un sinfín de acuerdos no escritos, o los denominados usos y costumbres portuarios, que han venido complementando, por no decir retorciendo o parcheando, la normativa convencional a nivel del Puerto de Valencia, hasta convertirla en una suerte de compendio de acuerdos atomizados y de difícil compilación.

Finalmente, en el año 2022 se dieron una serie de circunstancias que se convertían en una oportunidad única para acometer la asignatura pendiente durante décadas de dotarse de un nuevo convenio colectivo. Como decía aquella política que ya nadie nombra, se dio una suerte de "acontecimiento planetario", que no se podía desaprovechar.

Se suscribió el V Acuerdo sectorial, el cual además fue ratificado por sentencia de la Audiencia Nacional. Se celebraron elecciones sindicales en el CPE de Valencia, del que salió un comité de empresa encabezado por CTM con la suficiente estabilidad y fuerza como para acometer desafíos que en otros momentos no hubieran resultado posibles. Y las empresas precisaban actualizar el marco normativo ante los grandes retos que afronta el Puerto de Valencia a medio plazo, derivados de su ampliación, y la necesidad de abordar la automatización o semi automatización de las operativas para mantener la competitividad.

Y con esos mimbres se fue tejiendo el articulado del convenio, en el que ambas partes demostraron una suficiente implicación y altura de miras para anteponer el objetivo final de alcanzar un acuerdo, con sus particulares intereses.

Así, por ejemplo, la parte social, tuvo la valentía de abordar y regular aspectos tales como le optimización del tiempo de trabajo en los relevos, la adopción de medidas concretas para exigir el uso de Epis, o un protocolo para prevenir las adicciones. Materias éstas, que en otros momentos no se hubieran podido ni poner sobre la mesa.

Y la parte empresarial asumió determinadas posiciones planteadas por la parte social, que a priori no contemplaba, pero que terminó aceptando en aras a la consecución de un acuerdo.

Y así fue, como casi treinta años después se terminó por firmar un nuevo acuerdo que regirá las relaciones laborales de los portuarios en el Puerto de Valencia, en principio durante los próximos cinco años. Aunque quién sabe…

Por todo ello, la importancia de este hecho, trasciende lo que es en principio el mecanismo natural de sustitución de un convenio colectivo por el siguiente a la finalización de su vigencia, y debe de ponerse en su justo valor.

Y por ello me permito decir, quizás en un exceso de pompa y circunstancia: El convenio de 1995 pierde su vigencia. ¡Larga vida al convenio colectivo!.


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