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¿Por qué lo llaman ingeniero marítimo cuando siempre han dicho que son ingenieros navales? (II)
VM, 08/05/2014

En respuesta al artículo de opinión firmado por el Colegio Oficial de Ingenieros Navales (COIN), “Por qué lo llaman ingeniero cuando quieren decir marino”, quiero puntualizar varios aspectos.
(...)

En el buque existen tres titulaciones universitarias de grado medio y superior bien diferenciadas y con capacitación, competencias y habilidades bien distintas, a las que el COIN no hace referencia; probablemente por la carencia de conocimiento que tienen sobre quienes tripulan el buque y quienes lo operan.

Centrándonos en la titulación de Ingeniero Marino, éste tiene la responsabilidad de la operación técnica y gestión de toda la instalación propulsora y auxiliar del buque, recordaré que un buque, además de desplazarse entre puertos es como una ciudad flotante, y por ello, debe tener todos los servicios de una comunidad de esa entidad; como es la generación y distribución de electricidad, agua, calefacción, aire acondicionado, equipos de hostelería, de prevención de la contaminación, de eliminación de aguas residuales. Todo ello es operado, mantenido y rediseñado por los denominados en todo el mundo “Marine Engineer”, o Ingenieros Marinos, o como denomina el convenio de Formación Titulación y guardias de mar (STCW) de la Organización Marítima Internacional (OMI) “Chief Engineer Officer”.

El COIN evita constantemente traducir la palabra “Engineer” como ingeniero; particularmente en el caso del Ingeniero Marino, llegando al absurdo de traducirlo como “maquinista o perteneciente a la máquina”; basándose en que procede de engine, de ahí la traducción arbitraria, imprecisa, inadecuada, incompleta, errónea y probablemente intencionada de “Chief Engineer” como Jefe de Máquinas. Es decir, “Engineer” sólo se traduce como Ingeniero si se aplica a los Ingenieros Navales y Oceánicos y como “de máquinas” si se aplica al “Chief Engineer”.

Una traducción que proviene de una época, felizmente superada (?), en que la Escuela de Ingenieros Navales de Madrid, era la única en España, estaba dirigida por el “hermanísimo” Nicolás Franco y la Subsecretaría de la Marina Mercante subordinada por completo a las directrices de la Marina de Guerra.

Las funciones anteriormente señaladas y que realizan los Ingenieros Marinos a bordo de un buque (generación y distribución de electricidad, agua, mantenimiento, etc.) son igualmente desempeñadas en el ámbito de la industria terrestre y, en sus respectivas especialidades, por ingenieros y nadie les cuestiona su denominación, ¿Por qué en el mar a bordo de un buque, que entraña más dificultades ha de ser diferente?

Todas esas funciones obligan a tener los conocimientos que ello implica y que son de obligado cumplimiento para los “Ingenieros Marinos” de acuerdo al mencionado convenio internacional “STCW” firmado por más de 150 países y que es el que fija los conocimientos mínimos que deben tener los profesionales que ejerzan dichas funciones y que en España y en la mayor parte del mundo, particularmente en los países marítimos por excelencia, son titulados universitarios y tienen la denominación profesional de Ingenieros Marinos.

Los Ingenieros Marinos, solo exigen que se les denomine como en el resto del mundo, “Marine Engineer” (Ingeniero Marino); como establece la OMI y como corresponde a unos profesionales que han cursado un mismo nivel de estudios universitarios que el resto de las ingenierías.

Los únicos que tienen una denominación que no se ajusta a la realidad e invaden competencias que no les corresponden son los Ingenieros Navales y Oceánicos y los Graduados en Ingeniería Marítima, ya que en la mayoría de los países se denominan Arquitectos Navales con unas atribuciones concretas. En el mundo, con la excepción de España, existen dos titulaciones bien diferenciadas la de Arquitecto Naval y la de Ingeniero Marino, en España los Ingenieros Navales y Oceánicos y los, ahora, graduados en Ingeniería Marítima se apropian indebidamente de las competencias de ambas titulaciones, la suya y la de los Ingenieros Marinos cuando solo poseen la de Arquitecto Naval.

Hay que señalar que la formación de los titulados en Ingeniería Marina está encuadrada, por el Consejo de Universidades, dentro del área de las Ingenierías. El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, define INGENIERÍA: Estudio o aplicación, por especialistas, de las diversas ramas de la tecnología. Actividad profesional del ingeniero. INGENIERO (de ingenio, máquinas o artificios): Persona que profesa la ingeniería o alguna de sus ramas. Si buscamos Ingeniería Naval como tal no existe y dentro de NAVAL nos remite a Arquitectura Naval a la cual define como: el arte de construir embarcaciones.

Que cada uno extraiga sus propias conclusiones, lo que es evidente es que al COIN se les debe quedar pequeño lo de construir embarcaciones y de ahí que no se llamen como en el resto del mundo Arquitectos Navales y prefieran llamarse Ingenieros, añadir a su titulación de Ingenieros Navales el “y Oceánicos” y recientemente la nueva denominación Ingeniería Marítima.

Es comprensible que un colegio profesional luche e intente conseguir lo mejor para sus colegiados, ahora bien, lo que no es en absoluto ético es que para ello vaya en detrimento de los derechos e intereses de otros colectivos y que les nieguen la denominación y atribuciones que legítimamente les corresponde y que ellos se han apropiado. Hasta el momento nadie había realizado ningún comentario al respecto de esas nuevas denominaciones y los sucesivos cambios llevados a cabo por el colectivo de Ingenieros Navales, y lo que implica, pero lo que no puede permitirse desde el colectivo de los Ingenieros Marinos y los mal denominados “Jefes de Máquinas” es que el COIN se dedique a ir en contra de sus derechos y lo que no han conseguido en el ámbito universitario lo quieran conseguir mediante denuncias en los tribunales. Y lo que es peor, que esos tribunales (aunque no todos) hayan fallado a su favor.

Ningún Colegio Profesional tiene ni debería tener, competencias para apropiarse del sustantivo “ingeniero” ni aún en defensa de los intereses corporativos de sus colegiados con el pobre y falaz argumento de que se puede producir confusión entre ambas titulaciones y la posible invasión de sus competencias.

No hay que olvidarse que estas titulaciones han sido aprobadas por quienes tienen esa competencia que son las Universidades y Gobierno, que evalúan las habilidades, capacidades y conocimientos que han de poseer los ingenieros. Sin necesidad de que sean los tribunales quienes tengan que pronunciarse sobre los niveles y competencias de cada uno de ellas.

Germán de Melo Rodríguez
Germán de Melo Rodríguez, Jefe de Máquinas de la Marina Mercante, Doctor en Marina Civil,
Vicepresidente primero del COMME Chartered Engineer


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