La logística marítima, los nuevos códigos de barras y los “agentes” en el mercado del flete. Otras figuras
El arbitraje comercial internacional es una forma voluntaria de solución de litigios entre empresas de distintos países. Es un sistema de jurisdicción mercantil privada, independiente de los tribunales nacionales de cada Estado, aunque no supone una renuncia a la tutela judicial efectiva.
Entre las instituciones de mayor actividad en el comercio internacional se pueden destacar las siguientes:
Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de París (CCI)
- American Arbitration Association (AAA)
- London Court of International Arbitration (LCIA)
- International Centre for Settlement of Investment Disputes (ICSID)
- Arbitration Institute of the Stockholm Chamber of Commerce
- Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)
- Conciliation and arbitration of the Euro-Arab Chambers of Commerce
- Corte Española de Arbitraje
En la actualidad, los servicios de aduanas de los 27 Estados miembros (actúan como parte de un todo) colaboran estrechamente con los fuerzas y cuerpos de seguridad, la industria y los principales socios comerciales de la Unión Europea para hacer frente a los retos crecientes de la globalización comercial: proteger a las personas contra los productos peligrosos y combatir la delincuencia organizada, el terrorismo y el contrabando. Los servicios aduaneros combaten la falsificación, fenómeno creciente en envergadura y peligrosidad que ya no afecta sólo a los artículos de la moda sino también a medicamentos, dentífricos y productos de aseo. Las autoridades aduaneras también defienden la salud pública al vigilar de cerca los “precursores de drogas”, sustancias químicas inofensivas en sí mismas desviadas para fabricar drogas como éxtasis o anfetaminas. Los acuerdos firmados en Schengen, permiten gradualmente al ciudadano viajar sin tener que presentar el pasaporte en las fronteras.
Los Agentes de Aduanas son los únicos profesionales titulados por el Departamento de Aduanas e II.EE de la A.E.A.T. para representarle en sus actividades de Comercio Exterior.
En el año 1.914, ya se tenía razón de existencia industrial, los Agentes de Aduanas, y los Comisionistas de Tránsitos, que como consecuencia de la instalación de Aduanas en poblaciones situadas en los límites del Territorio Nacional, se imponía la necesidad de que las operaciones de despacho y adeudo de las mercancías procedentes de extranjero y destinadas a localidades del interior, sean realizadas en nombre de los destinatarios por industriales debidamente matriculados. (Fuente: página WEB del Colegio Oficial de Agentes y Comisionistas de Adunas de Valencia)
La cadena logística internacional exportación/importación va desde la fabricación de los bienes hasta el consumidor final. Para garantizar la seguridad de dicha cadena las Administraciones de Aduanas juegan un papel muy importante en la cadena logística la UE ha establecido un nuevo modelo de seguridad con las fronteras exteriores la creación del estatuto de Operador Económico Autorizado (OEA) constituye uno de los principales elementos del programa de seguridad aduanera, se puso en vigor el 1º de Enero de 2008 y partir del 1 julio de 2009 será obligatorio que los operadores informen previamente a la Aduana sobre las mercancías que entran o salen del territorio aduanero mediante una declaración sumaria.
En España, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, determinará si las personas, físicas
o jurídicas (establecidas en la Península, Baleares y Canarias), que deseen ser OEA, reúnen los requisitos exigibles para serlo, mediante un examen pormenorizado de las condiciones.
Andreu Romero
POLIAVIN.IBC -Valencia
Gestores de Proyectos
Internacionalización de Empresas