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El cierre nocturno de bares por el Covid afecta a los transportistas en carretera
A lo largo de esta última semana las Comunidades Autónomas han ido implementado en sus respectivos ámbitos las medidas acordadas el pasado viernes 14 de Agosto conjuntamente con el Ministerio de Sanidad en materia de salud pública para actuar de forma coordinada ante el incremento de casos de la covid-19 en nuestro país
VM, 31/08/2020

Estas acciones están centradas principalmente en el control de la transmisión en los ámbitos que actualmente son el origen de los brotes epidémicos de mayor impacto y riesgo.

Así una de las principales actuaciones acordadas va dirigida a restringir el ocio nocturno, ya que es actualmente el origen de los brotes epidémicos con mayor número de casos asociados, una media de 31, y además son dichos brotes el origen de una gran parte de la transmisión comunitaria actual y de casos en varias comunidades autónomas.

Para ello, una de las medidas establecidas ha consistido, además de la clausura de la actividad de discotecas y salas de baile, el cierre en horario nocturno de los establecimientos de hostelería y restauración, de tal modo que las Comunidades Autónomas han decretado en sus respectivos ámbitos el horario de cierre anticipado de dichos establecimientos a la 01.00 de la madrugada como máximo, sin que en todo caso puedan admitirse nuevos clientes a partir de la medianoche.

El problema es que dicha medida se ha decretado de forma indiscriminada a todo tipo de establecimiento, no sólo a los situados en zonas turísticas de ocio o en zonas urbanas, sino que la restricción afecta también a los bares y restaurantes situados en las principales carreteras y polígonos logísticos e industriales, y que tradicionalmente permanecen abiertos durante toda la noche a fin de prestar servicio a los miles de transportistas, y otros colectivos profesionales, que trabajan en horario nocturno, especialmente los dedicados al transporte de alimentación tanto a los Mercas existentes en la práctica totalidad de las ciudades, como al suministro y aprovisionamiento de plataformas logísticas y de distribución, grandes grupos fabriles y distribución de prensa, entre otros.

Como se recordará, una situación similar sufrió el colectivo del transporte durante el estado de alarma, durante la cual al inicio la totalidad de los bares y restaurantes situados en carreteras o polígonos industriales se vieron obligados a cerrar por las medidas de confinamiento decretadas por el Gobierno, lo que obligó a que el Ministerio de Transportes tuviera que decretar una Orden de autorización de apertura de una relación amplia de establecimientos de hostelería y restauración que pudieran prestar servicio a los transportistas en ruta así como otros profesionales de actividades esenciales que también se vieron afectados. Por ello, FENADISMER ha solicitado al Ministerio de Transportes la aprobación de una dispensa para que dichos establecimientos puedan continuar abiertos para atender las necesidades de los transportistas y de otros colectivos que trabajen en horario nocturno.
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