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FENADISMER, contrario a la Euroviñeta en Cataluña
VM, 29/07/2013

Fenadismer ha emitido un comunicado en el que plantea al Gobierno de Cataluña su falta de competencia para establecer unilateralmente peajes a los camiones por el uso de las autovías catalanas.

La intención de ponerla en marcha en 2014 en el Eje Transversal afectará a más de 3000 transportistas y a las exportaciones españolas desde el centro de la península.

En relación al proyecto de Decreto promovido por la Generalitat de Cataluña por el que se establecen los criterios de tarifación por uso a aplicar a los vehículos de transporte de mercancías por carretera a su paso por las infraestructuras viarias catalanas, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) ha trasladado oficialmente al Consejero de Territorio y Sostenibilidad su absoluto rechazo al mismo al carecer de competencias para establecer unilateralmente la euroviñeta en Cataluña frente a la regulación establecida en el resto del Estado español así como por vulnerar el principio de reserva de ley al tratarse de la implantación de un nuevo tributo dirigido a las empresas transportistas.

Como se recordará, el pasado 1 de Junio la Generalitat de Cataluña anunció su intención de desarrollar la denominada “euroviñeta”, esto es, del establecimiento de peajes a los camiones por la utilización de las autovías y carreteras dependientes del Gobierno autonómicos, previendo la puesta en marcha de dicha medida en 2014 inicialmente sobre la autovía denominada Eje Transversal, la cual es utilizada a diario por más de 3.000 transportistas y que sirve de conexión para las exportaciones españolas entre el centro de la península y la frontera francesa.

Los argumentos que han fundamentado el rechazo de FENADISMER a dicho proyecto normativo se basan en los siguientes aspectos: La falta de competencia de la Generalitat de Cataluña para transponer la Directiva europea 2011/76 relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos de transporte de mercancías por la utilización de determinadas infraestructuras; el rango jurídico utilizado resulta insuficiente al tratar de aprobarse nuevos tributos que exigen reserva de ley conforme establece la Constitución española; se produce una extralimitación del ámbito de aplicación de la red de carreteras contemplada en el proyecto de Decreto.


 

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