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La CNC investiga prácticas no competitivas en el transporte frigorífico por carretera
Esta misma semana inspectores de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) han llevado a cabo inspecciones en las sedes de varias empresas y asociaciones del sector del transporte frigorífico de mercancías por carretera
VM, 13/12/2012

La Comisión Nacional de la Competencia tiene sospechas de posibles prácticas anticompetitivas en este sector, consistentes en la fijación de precios y de otras condiciones comerciales y de servicio, así como el reparto del mercado del transporte frigorífico de mercancías por carretera en España.

Además, en este proceso de investigación han colaborado autoridades de la competencia autonómica correspondienes a las localidades donde se ubican algunas de las entidades inspeccionadas han colaborado en la ejecución de las mismas. a solicitud de la Dirección de Investigación de la CNC.

Estas inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de la supuesta conducta anticompetitiva y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas y asociaciones inspeccionadas.

Según un comunicado de la CNC, en caso de acreditarse algún indicio se procedería la incoación formal del expediente, puesto que tales conductas restrictivas constituirían una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Estas conductas se consideran como una infracción muy grave, que podría supone una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de los infractores en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

La facultad de inspección de la CNC se ha visto reforzada en la nueva Ley de Defensa de la Competencia en línea con uno de los objetivos fundamentales de la reforma: la lucha contra las prácticas más dañinas, en particular, los cárteles. La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores.

Destaca en este mismo sentido la introducción por la nueva Ley de Defensa de la Competencia del programa de clemencia, por el que la empresa que forma parte de un cártel y aporta elementos de prueba que posibilitan a la CNC la detección o la comprobación de la existencia de este cártel puede beneficiarse de la exención del pago de la multa o, en su caso, de una reducción del importe de la multa que pudiera corresponderle por su participación en el cártel.


 

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