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El Gobierno propone prorrogar el actual límite de de facturación anual para continuar acogido a módulos en 2023
VM, 07/10/2022

Como se recordará, la regulación aprobada en 2016 para continuar acogido al régimen de módulos, redujo de forma importante para el sector del transporte por carretera el límite máximo para poder continuar acogido, quedando establecido un límite de facturación anual de 125.000 euros, siempre que su facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales. Asimismo dicha regulación aprobada en 2016 preveía un régimen transitorio de dos años, estableciendo que a partir del año siguiente se aplicaría un nuevo límite inferior de 75.000 euros, que sin embargo no ha llegado nunca a entrar en vigor por las sucesivas prórrogas que se han ido aprobando, lo que ha permitido acogerse al régimen de módulos en los seis últimos años los transportistas que hubieran facturado menos de 125.000 euros en el año anterior.

Por ello, para permitir una nueva prórroga en 2023 del actual límite de facturación anual para acogerse al régimen de módulos, el Gobierno ha acordado introducirlo en la Ley de Presupuestos Generales para 2023, junto con otras medidas de reducción de la carga impositiva para los autónomos justificándolo en la actual situación que padece la economía española, “al ser este colectivo uno de los sectores de la población más castigado por la situación económica actual” .

En todo caso, la aprobación final de dichas medidas dependerá de que finalmente el Gobierno cuente con la mayoría suficiente para sacar adelante los Presupuestos Generales para el próximo año, por lo que habrá que esperar a mediados de Diciembre para conocer lo que resultará finalmente, aunque previsiblemente contará con el apoyo de otros grupos políticos que permitirán su aprobación.

Asimismo, según ha podido conocer FENADISMER, el Ministerio de Hacienda incluirá en la Orden Ministerial que establezca los importes para 2023 de los módulos de las diferentes actividades empresariales acogidas a dicho régimen, una reducción del 10 por ciento del rendimiento neto en 2023 resultante de la aplicación de dicho régimen. En el caso de los autónomos acogidos a estimación directa simplificada, se contempla elevar al 7 por ciento el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.


 

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