Transporte Aéreo
La normativa sobre el transporte de mercancías peligrosas aéreo se adapta al nuevo escenario
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), a través de la Dirección General de Aviación Civil, ha dictado una resolución por la que se publican las Adendas de las Instrucciones Técnicas para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea (Documento OACI 9284/AN/905), edición 2021-2022 (BOE de 2 de abril). Con ella, el transporte de mercancías peligrosas por vía aérea evoluciona su normativa para adaptarse a la situación del COVID-19.
La resolución, que actualiza el marco vigente en transporte aéreo, en especial en cuanto a lo necesario para adaptarse a la situación de la pandemia COVID-19, facilita, entre otras cosas, el transporte de vacunas por vía aérea.
Así Mitma sigue trabajando a nivel nacional e internacional para la mejora de la seguridad en el transporte, muy especialmente en el transporte de mercancías peligrosas.
La pandemia internacional ocasionada por la COVID-19 ha exigido una adaptación progresiva y dinámica a la nueva situación, tanto por parte de los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de todo tipo y las instituciones.
En el caso concreto de la actividad del transporte y de las funciones del MITMA, ha sido necesario adecuar la normativa a las exigencias de la lucha contra la pandemia y se ha trabajado muy concretamente para facilitar el transporte de determinadas mercancías peligrosas que son prioritarias para lograr este objetivo. Promover que el transporte de personas y de mercancías, en este caso de mercancías peligrosas, se lleve a cabo de forma segura es uno de los pilares fundamentales del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
El objetivo último de estas medidas es disponer de medios que ayuden a evitar la expansión del virus y sus efectos.