Transporte Terrestre
El Ministro de Transportes confirma que no se restablecerán requisitos de acceso al sector del transporte de mercancías por carretera
Como ya informó FENADISMER, el pasado mes de septiembre el Tribunal Supremo resolvió anular el requisito de antigüedad máxima de los vehículos de transporte para acceder al sector del transporte de mercancías por carretera, asumiendo íntegramente los argumentos defendidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que consideraba “injustificada” y “desproporcionada” dicha exigencia.
Ello implica que, a partir de ahora, se podrá acceder al sector sea cual sea la antigüedad del vehículo con el que se pretende acceder al sector, lo que producirá efectos indeseables tanto en la actual ordenación del sector, como en la antigüedad de la flota de transporte española, con las consiguientes consecuencias tanto medioambientales como de seguridad vial.
Por ello, FENADISMER ha acogido con “sorpresa y perplejidad” la respuesta que el titular del Ministerio de Transportes y Movilidad, José Luis Ábalos, ha dado a la pregunta parlamentaria planteada esta semana por la Senadora y Viceportavoz de la Comisión de Transporte de ERC, Laura Castel, en relación a si el Ministerio tenía previsto promover una modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres para introducir nuevos requisitos de acceso al sector para la consecución de los objetivos de ordenación del sector y la mejora del medio ambiente y la seguridad vial.
Así, en su pregunta, la Senadora catalana ha señalado que la regulación vigente hasta la fecha ha permitido que la flota española “haya tenido unos ratios muy aceptables tanto desde respecto de la mejora del medio ambiente como a la seguridad vial”, teniendo en cuenta que en lo que se refiere a este último aspecto “está demostrado que la menor edad de un vehículo influye en su mejora puesto que comporta sistemas y equipamientos de seguridad que vehículos más antiguos no tienen”, aportando como dato ilustrativo que en el caso de los vehículos de transporte de menos de 3’5 toneladas los de 15 años de edad son los que presentan mayor siniestralidad, y en el caso de los vehículos pesados los de más de 10 años de antigüedad.
También desde el punto de vista medioambiental, la Senadora destacó que la introducción de los vehículos Euro 6 ha permitido “reducir 5 veces las emisiones de óxido de nitrógeno y de 6 veces en las partículas, lo que impacta directamente en la salud de las personas y del planeta”, lo que además va en consonancia con retos de emergencia climática y de reducción de emisiones que el Ministerio se marca en el Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible. Todo ello “hace evidente la necesidad de regular el acceso al sector, seguir con el rejuvenecimiento de la flota y con las políticas medioambientales y de seguridad vial marcadas por las Directivas europeas”.
Sin embargo, en su respuesta oral, el Ministro de Transportes se limitó a decir que “la sentencia del Tribunal Supremo no nos queda más remedio que dar cumplimiento a ella”, para añadir a continuación que “los requisitos para acceder a la profesión de transportista están previstos en un Reglamento europeo, que plantea que sólo puede regular por parte de Europa estos requisitos, por lo que los Estados no pueden supeditar el acceso a la profesión a otros requisitos”, concluyendo que “no queda margen, lo que nos impide añadir o modificar cualquier circunstancia”.
Para FENADISMER la respuesta dada por el Ministro de Transportes, además de ser incongruente con la regulación establecida en España para el transporte de viajeros en la que se mantiene el requisito de antigüedad estando sometida a la misma reglamentación europea, supone en definitiva un nuevo “jarro de agua fría” para el sector del transporte por carretera, que se une a los que ha venido soportando en los últimos meses, como la exclusión de las ayudas al Plan Renove o la negativa la prohibición de limitar la participación de los conductores en las labores de carga y descarga, entre otros.