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La CNC investigará a siete empresas de transporte frigorífico por carretera
Competencia, que también investigará a la Asociación Española de Empresarios de Transporte bajo Temperatura Controlada, les acusa de “adopción de acuerdos para la fijación de los precios y las condiciones comerciales del transporte frigorífico nacional e internacional de mercancías por carretera”
VM, 10/07/2013

La Comisión Nacional de la Competencia ha decidido incoar un expediente sancionador contra la Asociación Española de Empresarios de Transporte bajo Temperatura Dirigida, así como a las empresas Arnedo Medina Valencia, Primafrío, Transportes Antonio Belzunces, Campillo Palmera, Transportes Carlos, Transportes Caudete y Transportes Mazo Hermanos, por “posibles prácticas restrictivas de la competencia”, según anunció la entidad a través de un comunicado.

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia inició un proceso de información reservada tendente a determinar “la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador”. En ese sentido, los días 11 y 12 de diciembre de 2012 y 13 y 14 de marzo de 2013 se realizaron inspecciones en las sedes de varias empresas y asociaciones del sector del transporte frigorífico.

“Como resultado de la información recabada, la Dirección de Investigación ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas, por lo que ha incoado expediente sancionador” contra las empresas y asociación empresarial antes mencionada. Según el órgano regulador de la competencia, estas conductos consistirían en la “adopción de acuerdos para la fijación de los precios y las condiciones comerciales del transporte frigorífico nacional e internacional de mercancías por carretera”, prohibidos en el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, en el artículo 1 de la LDC y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, tal y como recuerda la Comisión Nacional de la Competencia.

De cerrarse el expediente concluyendo que ha habido tales prácticas, podría imponerse una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las entidades infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNC. La Ley de Defensa de la Competencia introduce el programa de clemencia, por el que la empresa que forma parte de un cártel y aporta elementos de prueba que posibilitan a la CNC la detección o la comprobación de la existencia de dicho cártel puede beneficiarse de la exención del pago de la multa o, en su caso, de una considerable reducción del importe de la multa que pudiera corresponderle por su participación en el cártel.


 

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