Veintepies :: Nuevo récord en reducción de los plazos de pago a los transportistas el pasado mes de Febrero hasta los 62 días de media

LOGISTICA Y TRANSPORTE

  Conectar  
|
  Registro  
Veintepies : Logística y Transporte
      

Transporte Terrestre

Nuevo récord en reducción de los plazos de pago a los transportistas el pasado mes de Febrero hasta los 62 días de media
VM, 25/03/2025

Los primeros meses de 2025 van confirmado la tendencia positiva habida a lo largo del pasado año en la reducción de los plazos de pago a los transportistas por parte de sus clientes, como lo demuestra el hecho de que el pasado mes de Febrero se rebajó hasta los 62 días de media, plazo medio récord nunca alcanzado desde que se viene publicando el Observatorio permanente de la morosidad que FENADISMER elabora mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, y que se acerca cada vez más al plazo de 60 días máximo que establece la legislación en materia de lucha contra la morosidad.


En ese mes de las empresas cargadoras e intermediarias que incumplieron la legislación sobre morosidad, esto es, con plazos de pago superiores a 60 días, se redujo hasta el 48%, destacando además que el 70% de los casos los excesos de plazo de pago fueron leves, esto es, entre 60 y 90 días. Sin embargo, en el lado opuesto hay todavía un 7% de empresas incumplidoras que aún pagan de 120 días, aunque inferior al que se producía en 2022 en el que esta franja de incumplimiento se situaba en más del 20%. Esta mejora de la morosidad se traduce en que desde que se aprobó el régimen sancionador contra la morosidad a finales de 2021 los plazos de pago se han reducido en 20 días de media.

En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (72%), seguido del confirming (26%), el pagaré (1%) y el cheque (<1%).

En relación con lo anterior, FENADISMER ha tenido acceso al proyecto de Real Decreto que tramita el Gobierno en el que se regulará la obligación de que los empresarios y profesionales realicen su facturación en formato electrónico, la cual entrará en vigor a partir de 2026. Así, entre las previsiones que recoge dicho reglamento, está la de que los clientes que reciban las facturas de sus proveedores estarán obligados a comunicar a la Agencia Tributaria su plazo de pago, lo que permitirá un mejor control de la legislación sobre morosidad.


 

Back to topVolver arriba