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Transportes publica la convocatoria para renovar el Comité Nacional del Transporte por Carretera para el período 2026-2029
VM, 17/03/2025

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado la convocatoria para renovar el Comité Nacional del Transporte (CNT), formada actualmente por 22 de las asociaciones de transportistas y de actividades auxiliares y complementarias más representativas del sector.

En el marco de este proceso de revisión de la composición del Comité de cara al periodo 2026-2026, las confederaciones, federaciones o asociaciones que deseen estar representadas deberán aportar la documentación entre el 24 de marzo y el 25 de abril de 2025 a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes.

El Comité Nacional del Transporte por Carretera es el órgano consultivo y de interlocución social con el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y las Administraciones Públicas, a través del cual se canaliza la participación integrada de este sector en aquellas actuaciones públicas que les afectan. Su composición debe ser revisada cada cuatro años, de acuerdo con la normativa vigente.

Presentación de solicitudes
Los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
Número de identificación fiscal (NIF).

Certificado de inscripción en la Base de datos central de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, a efectos de acreditar que posee personalidad jurídica de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 22 y 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Poder o representación que ostenta la persona o personas que vayan a actuar en nombre de los solicitantes.

Documentación complementaria específica para determinadas secciones de los departamentos de Viajeros y Mercancías.

Además, deberán certificar que realizan su actividad social de manera efectiva en al menos cuatro comunidades autónomas, con indicación expresa de las mismas, disponiendo de los medios personales y materiales adecuados para ello, y llevando a cabo en cada una de ellas la generalidad de sus funciones sociales.

Con carácter general, para ambos Departamentos, de Transporte de Viajeros y de Transporte de Mercancías, del Comité Nacional del Transporte por Carretera, se computarán todas las empresas y número de vehículos que aquéllas tengan adscritos a las autorizaciones de que sean titulares que, cumpliendo los requisitos formales, se encuentren en situación de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.


 

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