Transporte Terrestre
Fenadismer apoya la propuesta del Ministerio del Interior de incluir también a los conductores particulares en la rebaja de los límites máximos de alcoholemia y no sólo a los transportistas como se proponía inicialmente
Como ya informó FENADISMER el pasado mes de Julio, la Dirección General de Tráfico está trabajando en la reforma del vigente Reglamento General de Circulación, que fue aprobado en 2003, con el objetivo de aumentar el nivel de seguridad de los usuarios de las vías y reforzar la movilidad segura y sostenible en el ámbito urbano.
Así, entre las modificaciones propuestas se plantea la rebaja de los actuales límites de alcoholemia permitido, aunque inicialmente sólo para los conductores profesionales, en concreto un 30% de reducción, lo que se traduciría en pasar de una tasa máxima de alcohol en sangre de 0,30 gramos por litro permitido actualmente a sólo 0,20 gramos por litro, o en aire espirado de los 0,15 miligramos por litro actuales a sólo 0,10 miligramos por litro.
FENADISMER ya manifestó su rechazo a esa propuesta por plantear tal reducción exclusivamente en los conductores profesionales, transmitiendo una idea equivocada como si este colectivo fuera el causante de los accidentes derivados del alcohol, cuando es todo lo contrario ya que la práctica totalidad de los accidentes provocados por exceso de alcoholemia son causados por conductores particulares.
Por ello, FENADISMER apoya el cambio de posición anunciado por el Ministro del Interior la semana pasada, en el sentido de aplicar tal rebaja también para los conductores particulares hoy siguiendo la tendencia establecida en otros países europeos. Cabe recordar que la regulación actual en materia de límites de consumo de alcohol en España se sitúa en la banda alta de los países europeos, con una tasa máxima de alcohol en sangre de 0,50 gramos por litro, frente a otros países europeos, como Estonia, Polonia y Suecia con un límite máximo de 0,2 gramos por litro, o incluso países más avanzados en esta materia como Eslovaquia, Hungría, República Checa y Rumanía en las que el límite está establecido en 0´0 gramos por litro, siguiendo los requerimientos de la Organización Mundial de la Salud en este campo.