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Septiembre vuelve a incumplir el plazo máximo legal de morosidad en el transporte con 81 días de media
VM, 15/10/2021

Como se recordará, FENADISMER puso en marcha el mes de Julio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución de las formas y plazos de pago en nuestro sector, y en consecuencia verificar el grado de cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en las relaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un plazo máximo legal de 60 días si así lo establecen las partes por escrito.

Durante estos casi 10 años de estudio sobre la evolución de los plazos de pago en el sector del transporte por carretera, se ha venido constatando cada mes un incumplimiento escandaloso y sistemático de los plazos máximos de pago por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos e intermediarios que contratan a los transportistas, las cuales han venido imponiendo condiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad hasta ahora, basando de este modo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividad financiera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estos grandes grupos empresariales. Ello motivó la necesidad de aprobar un nuevo régimen sancionador para poner fin a dicha lacra que tanto perjudica al desarrollo de la actividad económica y a la propia supervivencia de los autónomos y empresas afectadas.

Así, por lo que se refiere a los plazos de pago, en el mes de Septiembre se ha mantendo el período de demora que se ha venido constatando en los últimos meses, continuando en los niveles elevados en que se ha venido situando tras la aparición de la pandemia por el covid-19, situándose en 81 días de media. En cuanto a los medios de pago que utilizados para el pago de los servicios de transporte, las modalidades más habituales han continuando siendo por este orden la trasferencia (52%), seguido del confirming (37%), el pagaré (10%) y el cheque (<1%).

Así, en el último mes el 65% de los pagos que se han realizado a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislación vigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contar desde la realización del servicio, es decir, casi 7 de cada 10 pagos en el sector no cumplieron con la legalidad vigente. Además es tal el grado de incumplimiento y de demora en los pagos, que de ellos un 39% se realizaron a más de 90 días e incluso un 25% a más de 120 días, esto es, a 6 meses.

Por ello, tras la aprobación y entrada en vigor el pasado día 3 la Ley que sanciona los incumplimientos en materia de plazos de pago en el sector del transporte de mercancías por carretera, previendo sanciones económicas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas en materia de plazos de pago, FENADISMER confía que dichas dilaciones en los pagos se reduzcan de forma sustancial a partir de este mes de Octubre.


 

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