El BOE publica las medidas del Gobierno en materia de Transporte terrestre y aéreo
El Boletín Oficial del Estado publica el Real Decreto-ley 26/2020, de medidas de reactivación economómica para hacer frente al impacto del Covid-19 en el ámbito del Transporte, entre otros, el terrestre y el aéreo. Se trata de unas medidas excepcionales para garantizar la viabilidad de los servicios esenciales.
En este contexto el Real Decreto contempla la posibilidad de una moratoria de hasta seis meses en favor de empresas y autónomos sobre el pago del principal de las cuotas de los contratos de préstamos, leasing y renting de vehículos dedicados al transporte público de mercancías de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, en aquellos casos en que experimenten dificultades financieras como consecuencia de la crisis provocada por la emergencia sanitaria.
También se incluyen medidas para reducir las cargas administrativas de las empresas de transporte por carretera, tanto de mercancías como de viajeros, flexibilizando los trámites para el visado de las autorizaciones de transporte cuyo plazo se amplía en un año, tanto para las empresas de mercancías como de viajeros.
Más tiempo
Asimismo, se amplía a dos años la posibilidad de rehabilitar las autorizaciones que no hayan superado el trámite del visado en el año 2020, por no cumplir la totalidad de los requisitos, con el fin de que sus titulares dispongan de más tiempo para superar los efectos económicos de la pandemia.
Finalmente, se aplaza hasta el 1 de enero de 2022 el inicio del nuevo sistema de exámenes de competencia profesional para el transporte por carretera regulado en el Anexo II del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
Todas estas medidas se enmarcan en el compromiso que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Mitma, expresó al sector en sus reuniones con el Comité Nacional de Transporte por Carretera.
Medidas del Decreto en el transporte aéreo
El Real Decreto incorpora además una serie de medidas orientadas a facilitar la recuperación gradual y segura del sector del transporte aéreo, tan seriamente afectado por la pandemia de Covid-19. Entre otras medidas la flexibilización del arrendamiento de aeronaves, con o sin tripulación, para la extinción de incendios, búsqueda y salvamento; y la adaptación del concepto de aeronaves no tripuladas (drones) al de la normativa de la Unión Europea.
El Gobierno incorpora al ordenamiento jurídico español las Directrices operacionales del Protocolo de seguridad de la salud de la aviación COVID-19 para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación en relación con la pandemia del COVID-19 emitidas por AESA, lo que supone que serán de carácter obligatorio en los aeropuertos españoles y para las compañías aéreas que operan en ellos.
En el RDL se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directrices emitidas por EASA/ECDC. Las medidas se aplicarán a los gestores de los aeropuertos situados en territorio español, a las compañías aéreas que operen en los mismos y a las empresas que desarrollen servicios auxiliares en los aeropuertos, así como a los pasajeros.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) será el organismo responsable de la supervisión de dichas medidas y el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo será responsable de la coordinación entre todos los actores involucrados en el transporte aéreo para la adopción de las futuras enmiendas que puedan proponerse desde AESA y el Centro Europeo para la Protección y el Control de Enfermedades (ECDC), así como en la edición de material guía que facilite su aplicación.