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El Gobierno flexibiliza el sistema para renovar tacógrafos y tarjetas de empresas de transporte
VM, 07/04/2020

El BOE publica hoy una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, anunciada ayer por su titular, José Luis Ábalos, que especifica nuevas instrucciones sobre la utilización de las tarjetas de tacógrafo de conductor y empresa. Así, a partir de ahora, “los conductores cuya tarjeta de tacógrafo tenga fecha de caducidad entre el 6 de marzo de 2020 y los 15 días hábiles posteriores a la fecha en la que finalice el estado de alarma o sus prórrogas, ambos días inclusive, podrán seguir realizando transporte”. Esta medida únicamente será de aplicación para aquellos conductores que hubieran presentado la solicitud de renovación de la tarjeta como mínimo 15 días hábiles antes de su fecha de caducidad.

Los conductores afectados, antes de iniciar el viaje, deben imprimir los datos del vehículo que conduzcan con los datos que permitan su identificación. Al finalizar el trayecto, imprimirán los datos correspondientes a los períodos de tiempo registrados por el tacógrafo, así como anotar los períodos dedicados a otros trabajos, disponibilidad y descanso que hayan llevado a cabo desde la impresión efectuada al comienzo del viaje. En todo caso, se deberá llevar en el vehículo la tarjeta caducada y un resguardo de la solicitud de renovación.

Respecto a las tarjetas de empresa, la orden señala que “las empresas cuyas tarjetas de empresa tengan fecha de caducidad entre el día 6 de marzo y los 15 días hábiles posteriores a la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo, ambos días inclusive, quedan exentas de su utilización y de las obligaciones para las que su uso fuera imprescindible”.


 

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