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La CNMC somete a consulta pública los criterios para autorizar nuevos servicios de tren que coincidan con tramos de Cercanías y Media Distancia
VM, 07/02/2020

Los servicios de transporte de viajeros por ferrocarril en España se liberalizarán el 14 de diciembre de 2020. De esta forma, nuevas empresas podrán ofrecer viajes de tren a los pasajeros y competir en el mercado con los servicios de Renfe.


En todo caso, la Ley del Sector Ferroviario señala que esos nuevos servicios podrán limitarse cuando afecten a los itinerarios cubiertos por los trenes de Cercanías y Media Distancia, y que tienen condición de servicio público.

La razón es que podrían afectar al equilibrio económico de los contratos suscritos entre las Administraciones Públicas y Renfe para los servicios de Media Distancia y Cercanías, al depender del número de pasajeros que seguirán utilizando los servicios de Cercanías y Media Distancia o se decantarán por los nuevos servicios prestados por las empresas competidoras.

Consulta pública de la CNMC
Por todo ello, la CNMC evaluará individualmente cada solicitud de nuevo servicio conforme a unos criterios que ahora somete a consulta pública.

Entre otros aspectos, las empresas ferroviarias deberán comunicar a la CNMC cualquier nuevo servicio de transporte ferroviario de viajeros que pretendan prestar y que coincida con uno de Cercanías o Media Distancia.

Además, notificarán modificaciones sustanciales de un servicio de transporte de viajeros ya existente (una nueva parada, incrementos relevantes de las plazas ofertadas o reducciones sustanciales del precio).

La CNMC analizará el impacto del servicio comunicado tanto sobre la empresa que presta los servicios de Cercanías y Media Distancia, sujetos a obligaciones de servicio público, como sobre la Administración Pública responsable de los mismos.

Para ello, la CNMC propone los siguientes criterios económicos:

- Si la empresa encargada de ejecutar el contrato de servicio público no ve afectados sus ingresos, como consecuencia del nuevo servicio internacional, en más de un 1%, la prueba de equilibrio económico resultará en la concesión del acceso a la red ferroviaria para realizar el servicio internacional comunicado.

- Si la empresa encargada de ejecutar el contrato de servicio público viera afectados sus ingresos entre un 1 y un 2%, el acceso del candidato a la red ferroviaria para realizar el servicio internacional comunicado estará condicionado a que el porcentaje de viajeros nuevos generados supere el 30% de los viajeros totales.

- Finalmente, si la empresa encargada de ejecutar el contrato de servicio público ve afectados sus ingresos en más de un 2%, la prueba de equilibrio económico resultará en la denegación del acceso del candidato a la red ferroviaria para realizar el servicio internacional comunicado.

Para establecer los umbrales anteriores se analizará el contrato de servicio público y si la Administración Pública debe compensar a la empresa ferroviaria.

Cambios solicitados por la CNMC
En caso que se concluya que el nuevo servicio de transporte de viajeros pueda comprometer el equilibrio económico de un contrato de servicio público, la CNMC señalará a la empresa ferroviaria los cambios que se pueden introducir en el nuevo servicio de transporte de viajeros (modificación de la frecuencia, los surcos, las paradas intermedias o la programación), para conceder el acceso a la red ferroviaria.


 

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