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Llegada una mercancía de importación y no haciéndose cargo el receptor de las mismas, ¿qué postura puede adoptarse para poder cobrar los fletes y los gastos?
Es frecuente que, por diversidad de circunstancias, una mercancía de importación sea rechazada por el receptor. Frente a ello el consignatario se encuentra que o bien no se han cobrado los fletes o bien, si viene la mercancía freight prepaid, se producen una serie de gastos como las ocupaciones, manipulación, THC, inlcuso despacho aduanero, que están pendientes de pago.
Por: Jorge Selma, 05/11/2002
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