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Bonig destaca la simplicidad y la transparencia de la Ley de Puertos
La consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Isabel Bonig, destacó ayer que “el anteproyecto de Ley de Puertos de la Generalitat persigue dotar de mayor simplicidad, transparencia y eficacia la regulación de esta materia y conciliar, a la vez, la seguridad jurídica, el desarrollo y la sostenibilidad”.
En su visita al puerto de Torrevieja para firmar un acuerdo con el Ayuntamiento sobre el uso de las instalaciones portuarias, la consellera presentó las líneas maestras del anteporyecto de la Ley de Puertos que este viernes será aprobado por el Pleno del Consell para remitirlos a las Cortes. Según Bonig, "el principal objetivo de esta legislación es facilitar la actividad de los puertos autonómicos, sin olvidar que los beneficiarios directos son nuestros ciudadanos, los agentes económicos y sociales, y los municipios costeros".
"Así - explicó la consellera -la futura Ley se enmarca dentro de las políticas del Consell en materia de puertos y de transporte marítimo según las competencias previstas en el Estatuto de Autonomía, por tanto se pretende regular el sistema portuario de la Generalitat.". Ademas, Bonig aseguró que "se simplifica el marco legal ya que la regulación actual de puertos constituye un conjunto normativo complejo y difuso que se adapta poco a la evolución del sistema portuario de titularidad autonómica, mientras que el transporte marítimo se rige, todavía, por la normativa estatal", ha explicado Bonig. AnteproyectoEste anteproyecto de Ley establece la organización portuaria de la Generalitat y regula los aspectos de planificación, construcción, gestión y explotación de las instalaciones, así como la disciplina en materia de puertos. Todo ello se complementa con el desarrollo legislativo de la competencia autonómica en transporte marítimo. Para la mejor conciliación de las necesidades portuarias con las infraestructuras en el territorio y, en concreto, en los municipios, se prevé la posibilidad de redactar un Plan de Infraestructuras Portuarias de la Comunitat Valenciana, y cuando de manera excepcional fuera necesario por constituir una reordenación integral del puerto que pueda afectar al desarrollo urbano, se podrá realizar un Plan Especial de Ordenación pPrtuaria. Por otra parte, se introduce la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios como herramienta para definir la zona de servicio y preservar la operatividad de las instalaciones singulares. De esta forma, se delimitará los espacios de tierra y de agua necesarios para la actividad portuaria y los que puedan destinarse a usos vinculados a la interacción puerto-ciudad. En cuanto a la iniciativa para la promoción de nuevos puertos e infraestructuras portuarias corresponde principalmente a la administración portuaria, sin perjuicio de que su construcción pueda ser ejecutada directamente por la propia administración o por un particular en régimen de gestión indirecta. Asimismo, se admite la iniciativa privada mediante la presentación de estudios de viabilidad, que requieren en todo caso su admisión a trámite y aprobación administrativa. Para la prestación de servicios y el desarrollo de esas infraestructuras también se incluye la colaboración público-privada mediante autorizaciones y concesiones demaniales para la utilización del dominio público portuario. Sobre el régimen económico, el anteproyecto de Ley de Puertos introduce una serie de mejoras con criterios más objetivos para la determinación de las tasas por actividad, de forma que el administrado disponga de mayor y más clara información de partida y se ofrezca mayor transparencia en el proceso. El anteproyecto contiene en el artículo 85 la determinación de afectar un 40 por ciento de los ingresos por tarifas y tasas portuarias para satisfacer inversiones de mantenimiento de las instalaciones portuarias de competencia autonómica, con la finalidad de garantizar el adecuado sostenimiento del sistema. Igualmente, el anteproyecto de Ley que regulará los puestos de competencia de la Generalitat presta especial atención a la protección del medio ambiente y las medidas de seguridad de los recintos portuarios. |
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