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Martes, 21 de enero de 2025

Transporte Terrestre

El Gobierno modifica el Reglamento de Conductores en materia de transporte de mercancías peligrosas
VM, 24/06/2013

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Conductores en materia de transporte de mercancías peligrosas, establecido y en vigor desde 2009.

En este Real Decreto se establece un nuevo modelo armonizado en tarjeta de plástico de la autorización para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas, conocida como autorización ADR, que sustituye al actual modelo en cartulina, que contempla mayores medidas de seguridad a la hora de poder manipularlo.

El nuevo modelo de tarjeta en plástico está operativo desde el 1 de enero de este año, ya que desde esta fecha las nuevas autorizaciones ya se expiden con este sistema, aunque las autorizaciones concedidas anteriormente a esta fecha siguen siendo válidas hasta la finalización de su fecha de concesión.

En materia de formación, el titular de la autorización especial podrá optar, a la hora de renovarla, entre la realización de un curso de reciclaje y la superación de un examen (único medio que se admite actualmente), o la realización de un curso de formación inicial y el examen correspondiente. Este cambio se debe a que en muchos países firmantes del ADR la renovación se hace repitiendo el curso inicial, ya que no hay un curso de reciclaje específico.

El nuevo Reglamento incorpora un apartado sobre la "Responsabilidad con la seguridad" como materia en la formación para obtener la autorización que requiere el transporte por carretera de las mercancías peligrosas, con el fin de mentalizar a los conductores sobre las consecuencias que se pueden derivar de no cumplir la normativa.

Por otra parte, este Real Decreto también contemplan las labores que deben asumir los funcionarios de las jefaturas provinciales de Tráfico, que serán los que controlen y califiquen todas las pruebas teóricas, no sólo para la obtención y ampliación de la autorización -únicas que realizaban hasta el momento- sino también, para prorrogar su vigencia. Hasta ahora eran los centros de formación los que calificaban las pruebas.

Estos cambios recogidos en el Real Decreto pretenden asegurar que la formación impartida por los centros, tanto en los procesos de obtención y ampliación, como en el de las prórrogas, cumplen los estándares de calidad establecidos por la Jefatura Central de Tráfico. En este sentido, los centros de formación seguirán impartiendo toda la formación, pero sólo calificarán los ejercicios prácticos.