Un servicio de Valencia Marítima
Miércoles, 06 de noviembre de 2024


La Naviera recomienda contratar con empresas de transporte “debidamente autorizadas”
La Asociación Naviera Valenciana ha remitido una circular a las empresas asociadas para recomendarles que, en el caso de ceder el transporte, lo hagan con empresas que cuenten con la obligada autorización administrativa
VM, 15/04/2009

La Asociación Naviera Valenciana explica en esta circular que de acuerdo a la legislación vigente se considera infracción muy grave el desarrollo de las actividades de transporte careciendo de la preceptiva autorización administativa y que se considera también responsable de la comisión de una infracción grave a los que contaten transporte con transportistas o intermediarios que no posean la preceptiva autorización administrativa.

Por otro lado, la normativa actual reitera la obligatoriedad de la obtención de la autorización administrativa con carácter “previo” al ejercicio de las actividades. De forma que no existen ningún tipo de autorizaciones provisionales o en trámite. El mero hecho de presentar la solicitud de la autorización administrativa no supone, por tanto, que se pueda desarrollar la actividad.

Carácter “provisional”
En relación a este último punto, recientemente ELTC, la Asociación de Empresas de Logística y Transporte de Contenedores, denunció en este diario la situación de varias empresas relacionadas con la actividad de transporte que no dispponen de la preceptiva autorización administrativa para desarrollar su activdiad. El último comunicado al respecto hacía mención de la cooperativa LOGISER, Coop. V., asegurando que realizaba funciones de operador de transporte sin estar autorizada para ello, tal como denunció ELTC ante la Dirección General de Transportes. Por su parte, LOGISER aclaró en la edición del pasado 7 de abril de Valencia Marítima, que se encontraba “en trámites” de la obtención de esta autorización, una fase, que tal como señala la Asociación Naviera, no capacita a ésta ni ninguna empresa para realizar las actividades como empresa de transporte hasta la obtención de la autorización propiamente dicha.

Ante la aparición de casos similares, la Asociación Naviera recuerda que la Administración Pública pone a disposición de los interesados en la contratación de servicios de transporte la posibilidad de consultar con facilidad sobre la existencia de la tarjeta de Operador de Transporte en vigor de una determinada agencia u operador. Esta consulta se puede realizar en la web del Ministerio de Fomento (www.fomento.es/operadorestransporte/consulta.jsp).

Los datos requeridos para esta consulta son el número de NIF y de la autorización de clase OT de la empresa que se quiere consultar.