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Viernes, 01 de noviembre de 2024


La APV informa de las tarifas y condiciones de cesión del atraque en MSC Terminal Valencia
La Autoridad Portuaria de Valencia (APV) acordó en el Consejo de Administración celebrado el pasado 31 de julio las tarifas al buque y a la mercancía por utilización del atraque de MSC Terminal Valencia, así como los supuestos y condiciones de cesión del atraque
VM, 17/08/2006

La APV ha informado, según lo acordado en el último Consejo de Administración y de acuerdo con lo previsto en el artículo 106.5 de la Ley 48/2003, sobre las tarifas y condiciones de cesión del atraque en MSC Terminal Valencia.

En este sentido, la APV acordó aprobar una tarifa máxima al buque en concepto de utilización de instalaciones de atraque en MSC Terminal Valencia y su estancia durante las operaciones en dicha terminal. Esta tarifa será equivalente a la diferencia entre la tasa al buque que soportaría una compañía naviera que utilizara esta instalción en régimen de muelle no concesionado y la tasa que soporta ese mismo buque por utilizar el muelle en concesión.

Respecto a las tarifas, la APV ha acordado aprobar una tarifa máxima a la mercancía equivalente a la diferencia entre la tasa a la mercancía que soportaría el propietario de la mercancía en terminales sin instalaciones de atraque en concesión o autorización y la tasa que soportaría si la terminal dispusiera del muelle en concesión.

Por otro lado, para que se dé la cesión debe producirse alguna de las siguientes circunstancias. En primer lugar, que las condiciones de la mercancía o del buque obliguen al desembarco inmediato de la mercancía y que no permita esperar a la liberación de espacios en el resto de instalaciones del puerto.

En segundo lugar, teniendo en cuenta la disponibilidad del muelle concesionado sin olvidar el carácter de Terminal no abierta al uso general y la preferencia de los buques que operen en Mediterranean Shipping Company Terminal Valencia SA.

En tercer lugar, se tiene que producir la falta de disponibilidad de atraques en los muelles no concesionados ni autorizados, así como falta de disponibilidad de espacio en las zonas de maniobra para efectuar los trabajos de carga y descarga de mercancías o embarque y desembarque de pasajeros o falta de equipamiento adecuado en los muelles no concesionados ni autorizados.

En el caso de que se diera más de una alternativa de utilización de instalaciones de atraque otorgadas en concesión o autorización, la elección se realizaría bajo criterios de seguridad, protección y eficiencia de las operaciones.

Cesión
En el caso de que se produzca una cesión, para que ésta se apruebe, las condiciones de situación del atraque y zona de maniobra del muelle concesionado, la ordenación de los movimientos mediante los que las mercancías o los pasajeros accedan o se sitúen en las zonas de maniobra desde o hasta los viales generales del puerto, serán establecidos previa audiencia del titular de la concesión.

Para ello, se tendrá en cuenta, por un lado que la concesión de MSC se destinará en exclusiva a la atención de buques operados por o en servicio de las líneas de Mediterranean Shipping Company con la preferencia que ello supone. Y por otro lado, que por criterios de seguridad y prevención de riesgos laborales, la operativa debe ser ejecutada directamente por MSC Terminal Valencia SA a través de sus propios medios e instalaciones y siempre que disponga de los medios adecuados y suficientes.