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Sábado, 19 de abril de 2025


Cambios en la normativa aduanera en Estados Unidos
VM, 09/04/2025

El pasado 1 de abril de 2025, el presidente de EE.UU., Donald Trump, firmó una Orden Ejecutiva (EO), invocando poderes económicos de emergencia bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), para imponer aranceles recíprocos a todas las importaciones de todos los socios comerciales.

Estos cambios impactarán a las operaciones de importación y es fundamental que estés al tanto para asegurar una adecuada planificación y cumplimiento.

A continuación, detallamos las principales actualizaciones:
1. Aranceles Recíprocos en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA):

• A partir del 5 de abril de 2025, los envíos de todos los países importados a EE.UU. estarán sujetos a un arancel del 10%.

• A partir del 9 de abril de 2025, este tipo de arancel aumentará para aplicar aranceles recíprocos individualizados a los países con los que EE.UU. tiene los mayores déficits comerciales.

• Los siguientes bienes no estarán sujetos a los Aranceles Recíprocos: donaciones, bienes en efectos personales/equipaje, transferencias de información, artículos de acero/aluminio y automóviles/piezas de automóviles ya sujetos a aranceles de la Sección 232, artículos que puedan estar sujetos a futuros aranceles de la Sección 232, cobre, productos farmacéuticos, semiconductores y artículos de madera, lingotes de oro, y energía y otros minerales que no están disponibles en EE.UU.

• Para Canadá y México, se anunció un arancel recíproco del 12%. Sin embargo, este no entrará en vigor, ya que el arancel existente del 25% (10% para productos energéticos de Canadá) sigue vigente para bienes no elegibles para el USMCA.

• Excepto para Canadá y México, estos aranceles recíprocos se aplican además de la tasa general de aranceles y cualquier otro arancel, tarifa o impuesto aplicable, como los aranceles IEEPA emitidos por otras Órdenes Ejecutivas y los aranceles de la sección 301.

2. De Minimis (hasta $800):
• A partir del 2 de mayo de 2025, se eliminará el tratamiento de De Minimis para envíos que contengan productos fabricados en China y Hong Kong (COO).

• El De Minimis para todos los demás países permanecerá en vigor hasta que la Administración notifique que existen sistemas adecuados para procesar y recaudar efectivamente los ingresos arancelarios bajo la IEPPA.

Para ayudarte a entender mejor estos cambios y el impacto que puede tener en tu negocio, hemos trabajado en un documento que resume los puntos clave a tener en cuenta. Puedes descargártelo aquí.

Recuerda visitar con regularidad nuestra página web para consultar las últimas actualizaciones en la normativa aduanera y asegurarte de que siempre estás informado y preparado.