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Transporte Terrestre
Leve repunte de los plazos de pago a los transportistas en Abril
Tras varios meses de reducción constante de los plazos de pago a los transportistas, el pasado mes de Abril se produjo un leve repunte frente al mes anterior, situándose en 66 días de media, según los datos extraídos del Observatorio permanente de la morosidad que FENADISMER elabora mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte.
En ese mes de las empresas cargadoras e intermediarias que incumplen la legislación sobre morosidad, en el 65% de los casos los excesos de plazo de pago son leves, esto es, entre 60 y 90 días. Sin embargo, en el lado opuesto hay todavía un 7% de empresas incumplidoras que aún pagan de 120 días, aunque inferior al que se producía en 2022 en el que esta franja de incumplimiento se situaba en más del 20%. En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (70%), seguido del confirming (25%), el pagaré (5%) y el cheque (<1%).
Por otra parte, como ya informó FENADISMER, el pasado mes de abril el Parlamento Europeo aprobó en su último plenario su posición en relación al nuevo Reglamento europeo de lucha contra la morosidad, que establecía como regla general la reducción del plazo máximo de pago a 30 días, y el establecimiento de un régimen sancionador para todas los sectores económicos. Sin embargo, el optimismo que había generado el texto aprobado por el Parlamento, ha quedado desvanecido tras la propuesta de texto alternativo que ha elaborado el Gobierno belga al resto de Estados miembro, por ostentar la presidencia de la Unión Europea, teniendo en cuenta que para la aprobación definitiva del nuevo Reglamento europeo se precisa el acuerdo conjunto del Parlamento europeo y del Consejo. Así conforme al texto normativo elaborado por la Presidencia belga, al que ha tenido acceso FENADISMER, plantea múltiples modificaciones con el objetivo de “descafeinar” el texto aprobado por el Parlamento, entre otras, reconvertir la norma en una Directiva en vez de un Reglamento, lo que ocasiona una fragmentación de su aplicación, o la de ampliar el plazo máximo de pago a 30 días para numerosos sectores económicos así como eliminar muchas de las medidas propuestas destinadas a dotar de trasparencia a las relaciones comerciales entre las empresas. En todo caso, FENADISMER confía en que finalmente los Estados miembros consensuen una regulación en esta materia que proteja los intereses y necesidades de la parte más débil en las transacciones comerciales, principalmente autónomos y microempresas, que son las que más sufren las situaciones de abuso que actualmente se dan en materia de morosidad. |
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