|
|||
|
|||
|
Transporte Terrestre
El tiempo de trabajo de los conductores profesionales
La problemática relacionada con el tiempo y la jornada de trabajo de los conductores profesionales dedicados al transporte de mercancías por carretera es un asunto de permanente actualidad que ha generado, desde siempre, una importante inquietud entre los empresarios de transporte. En momentos más recientes esa inquietud ha aumentado, si cabe, por la judicialización de ciertas pretensiones de los conductores y por la insistencia de las administraciones sobre registros horarios, campañas de inspección, etc.
Esta materia se regula en España fundamentalmente a través del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, y en las disposiciones que los convenios colectivos de aplicación en cada ámbito territorial puedan contener al respecto.
Se trata de una regulación compleja que pretende ordenar una actividad igualmente complicada como es la que desarrollan los conductores profesionales. No todos los conceptos son sencillos de interpretar a la hora de considerar la actividad diaria y algunos, en concreto, plantean dificultades. Además, hay que tener en cuenta que la delimitación inicial del tiempo que se dedica a las distintas actividades desarrolladas por los conductores se realiza, en principio, por el propio conductor mediante la utilización del selector de actividades del tacógrafo. En ese sentido, la determinación del tiempo dedicado a “conducción”, “otros trabajos”, “disponibilidad” o “pausa o descanso” no siempre responde a un criterio unívoco. En función de esos registros, y de su posible revisión o contraste por parte del empresario, vendrán dados cómputos de tiempo de indudable trascendencia laboral como los de “trabajo efectivo” y “horas de presencia”, con consecuencias directas para determinar el número de horas de trabajo a remunerar, o la existencia de horas extras, horas nocturnas, etc. No parece necesario, hablando para empresas y empresarios dedicados al transporte de mercancías por carretera, insistir en la trascendencia del asunto. En coherencia con este interés, desde la Federación Valenciana de Empresarios del Transporte y la Logística - FVET se ha organizado una sesión informativa en la que está prevista la participación de expertos especialmente cualificados para tratar sobre la materia. La dimensión jurídica del asunto tiene un carácter fundamental, debiendo centrar en ella el desarrollo de la jornada, si bien el análisis puede realizarse desde diversas perspectivas. Durante la sesión profundizaremos, en primer lugar, en el tratamiento que resulta de la regulación vigente, dada la transcendencia que tiene conocer adecuadamente los distintos aspectos de la normativa, completados con las previsiones del “II Acuerdo General para las empresas de transporte de mercancías por carretera” y del convenio colectivo de aplicación. Especial interés se deriva también, en segundo lugar, de la experiencia en el ámbito judicial en la medida en que los conflictos y diferencias de interpretación se plantean ante los juzgados y tribunales. Es importante ser conscientes de las alternativas de defensa empresarial frente a las posibles reclamaciones o revisiones, dotándose de la prueba necesaria, y de la modulación de las distintas situaciones que aflora a través de las sentencias y pronunciamientos judiciales. Además, sobre esta misma materia, nos ha parecido interesante difundir el conocimiento de la existencia de herramientas que permiten trasladar la información que se desprende de los registros de los tacógrafos a los parámetros básicos sobre jornada que establece la normativa laboral, más allá del cumplimiento de las obligaciones en materia de tiempos de conducción y descanso. Durante la última hora de la jornada, y como complemento al asunto mencionado, llevaremos a cabo la exposición sobre las principales novedades planteadas por el convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de la provincia de Valencia para el cuatrienio 2019-2022, firmado recientemente. Esta jornada está incluida dentro del Plan de Ayudas a la Formación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Tiene carácter presencial, en horario de 09,00 a 14,00 horas, con una pausa intermedia y un tiempo dedicado a tratar sobre posibles dudas suscitadas por parte de los asistentes. Somos perfectamente conscientes de las limitaciones y recomendaciones existentes respecto a la realización de actividades presenciales. El propio Ministerio, tras la prórroga que autorizó para la realización de esta jornada, ha establecido el 31 de marzo de 2021 como fecha tope y ha confirmado que solo puede llevarse a cabo de forma presencial, ya que así fue establecido en las bases de su convocatoria y otorgamiento. Por tanto, según las condiciones fijadas por el Ministerio, la jornada formativa tiene que ser necesariamente presencial. No obstante, en la medida en que se complete el aforo mínimo exigido por el Ministerio, respetando siembre el aforo máximo establecido por las autoridades sanitarias, os informamos que abriremos la opción para que aquellos interesados que no tengan cabida en el salón de reuniones puedan asistir por vía telemática. I. EL TIEMPO DE TRABAJO DE LOS CONDUCTORES PROFESIONALES – Ponentes: - D. Miguel Pereira García Abogado laboralista en ejercicio y experto en el ámbito de las relaciones laborales en el sector del transporte Socio del despacho de abogados “Pereira Menaut Abogados” De 09,00 a 11,00 horas - D. Juan López Peláez Asesor jurídico del área laboral de VALLEON ABOGADOS (Lextransport Grupo) y especialista en aplicaciones de control del tiempo de trabajo (Aplicación Tacholab) De 11,30 a 13,00 horas II. NOVEDADES DESTACADAS DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR 2019/2022: - Grupo asesor en la negociación del Convenio Colectivo Grupo asesor en la negociación del convenio colectivo 2019/2022 De 13,00 a 14,00 horas |
|
© 2017 Valenmar S.L.
|