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Domingo, 22 de diciembre de 2024

Transporte Terrestre

La grave situación sanitaria de España condiciona la actividad de los transportistas en otros países europeos
VM, 26/01/2021

Como ya advirtió FENADISMER el pasado fin de semana, la gravísima situación sanitaria que atraviesa España y el resto de países europeos en esta tercera ola de la pandemia del covid-19, con un alarmante avance del número de contagios, está siendo analizada con enorme preocupación por las autoridades comunitarias por el riesgo de propagación dentro del territorio de la Unión como consecuencia de la libertad de movimiento de personas existentes entre los países europeos, lo que podría ser objeto de restricción sobre todo en los países con una mayor índice de contagios, con el fin de contener el avance de la pandemia.

A la cabeza en el ranking en el índice de contagios lamentablemente se sitúa en España, lo que como era de prever afectará negativamente a la actividad que realizan los transportistas españoles que se decían la transporte internacional, a los que se les exigirá la realización de diferentes medidas sanitarias de control.

De nada ha servido la carta que la Comisaria Europea de Transportes, Adina Valean, dirigió la semana pasada a los Ministros de Transporte de los Estados miembros oponiéndose a que los Estados miembros impusieran a los transportistas medidas de control sanitario, ya que ello iría en contra de la necesaria fluidez del transporte de mercancías por su carácter esencial. Así en la carta remitida, a la que ha tenido acceso FENADISMER, pone como ejemplo la experiencia vivida las pasadas Navidades en el Reino Unido por la exigencia de las autoridades francesas de exigir a los transportistas que cruzaban el Canal de la Mancha una prueba negativa PCR: “Las pruebas de los conductores de camiones antes de cruzar el Canal demuestran que el personal de transporte de mercancías es un grupo bastante seguro porque no tienden a mezclarse con los ciudadanos locales cuando transitan por un país, Las empresas de transporte por carretera y los conductores obedecen en general las normas sanitarias aplicables. Además, las medidas temporales excepcionales, como las excepciones y exenciones, contribuyen a mantener estas trabajadores lejos de posibles fuentes del virus”.

En este sentido, la Comisaria aunque reconoce que la gran mayoría de los Estados miembros siguen respetando los “corredores verdes” libres de restricciones, y están excluyendo a los trabajadores del transporte de mercancías de requisitos de control, sin embargo advierte del riesgo de que “estas nuevas medidas se tomen de manera unilateral, sin coordinación, confrontando la industria del transporte con un mosaico de reglas en constante cambio con el riesgo de que el transporte los trabajadores se enfrenten a diferentes regímenes de pruebas mientras viajan por Europa, pagando sanciones y, en última instancia, medidas de cuarentena si no se sigue el mosaico de reglas”. Por ello concluye señalando que “los Estados miembros deberían reconocer siempre a los trabajadores del transporte como personal esencial y eximirlos de la obligación de someterse a pruebas y medidas de cuarentena. Necesitamos mantener los carriles verdes operativos en todo momento, y esto es aún más importante ahora, cuando se implementan nuevos controles en las fronteras para los viajeros y los bienes esenciales, como las vacunas, deben distribuirse rápidamente por Europa”.

Sin embargo, haciendo caso omiso a dichas recomendaciones, Alemania ha aprobado este mismo lunes nuevas medidas de control aplicables a todas las personas que entren en el país germano después de haber estado en un país con alta incidencia de covid dentro de los 10 días anteriores a la entrada, entre los que se encuentra España, a lo que previsiblemente se sumarán otros países europeos en las próximas semanas.

Así los conductores profesionales deben completar un registro digital antes de entrar en el país, disponible en el enlace web www.einreiseanmeldung.de y además llevar una prueba de ello. Además, deberán llevar consigo, a la entrada a Alemania, la prueba de un resultado negativo de la prueba de detección PCR y presentar dicha prueba a la autoridad competente, en caso de que se le reclame, si su estancia excede de 72 horas.

En todo caso, estarán exentos de dicha obligación los conductores profesionales procedentes de España de las obligaciones de prueba de detección del covid en caso de que hayan estado menos de 72 horas en España o permanezcan en Alemania menos de 72 horas. Asimismo estarán exentos de las obligaciones de registro digital en el caso de que hayan pasado menos de 24 horas en España o pasarán menos de 24 horas en Alemania.