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Transporte Terrestre
El Gobierno de Aragón exige absurdamente desde este martes 5 un certificado a los transportistas que pretendan cenar en las áreas de servicio en carretera
A lo largo de las últimos meses diferentes Comunidades Autónomas han ido implementado en sus respectivos ámbitos diferentes medidas en materia de salud pública para actuar de forma coordinada ante el incremento de casos de la covid-19 en nuestro país durante esta segunda ola, centradas principalmente en el control de la transmisión en los ámbitos que actualmente son el origen de los brotes epidémicos de mayor impacto y riesgo.
Así, entre las medidas adoptadas se decretó en un importante número de regiones el cierre temporal o total de los bares y restaurantes, aunque en la práctica totalidad se permitió la apertura de los establecimientos de restauración situados en carretera para permitir que los transportistas pudieran continuar desarrollando su actividad con normalidad, sin necesidad de acreditar su condición profesional ni en los meses más duros de la pandemia.
Por ello, FENADISMER considera desproporcionada e irracional la nueva medida adoptada por el Gobierno de Aragón, que entra en vigor este martes 5 de Enero, exigiendo que los transportistas y trabajadores desplazados que pretendan utilizar los servicios de restauración de las áreas de servicio en carretera y en polígonos industriales, que presenten previamente una Declaración responsable justificativa de su actividad si pretenden acceder a partir de las 20 horas. Esta medida forma parte del conjunto de restricciones aprobadas este lunes por el Gobierno de Aragón, por el que se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado para el control de la pandemia en dicha región, que conlleva básicamente la suspensión generali¬zada de apertura de diferentes establecimientos, anticipando el horario de cierre de todas aquellas que no sean esenciales a las 20 horas. Como excepción, se establece que los establecimientos de hostelería y restauración situados en estaciones o áreas de servicio y en polígonos industriales podrán desarrollar su actividad conforme a su horario habitual, si bien a partir de las 20 horas serán de uso exclusivo por parte de los transportistas profe¬sionales de mercancías y trabajadores desplazados de su domicilio habitual, para lo que deberán previamente presentar una declaración responsable, conforme a un modelo recogido en una Orden de la Consejería de Sanidad, siendo sancionado en caso contrario tanto el establecimiento como el cliente. Ello supone, a juicio de FENADISMER introducir una burocracia absurda e innecesaria para el normal desarrollo de la actividad del sector del transporte de mercancías por carretera, como sector esencial en cuanto vertebrador del resto de actividades económicas en nuestro país, que debe quedar exento de cualquier limitación o restricción en el desarrollo de su actividad las 24 horas del día 7 días a la semana. Por ello, FENADISMER va a exigir al Ministerio de Transportes que inste al Gobierno de Aragón a eliminar dicha exigencia administrativa, permitiendo que el transporte por carretera mantenga su actividad plenamente y facilitando su ejercicio por los poderes públicos a fin de garantizar el abastecimiento de mercancías tanto a la población como a las restantes actividades económicas no afectadas por posibles limitaciones.. |
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