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Domingo, 22 de diciembre de 2024

Transporte Terrestre

Los transportistas con tacógrafo analógico tendrán que anotar los cruces de frontera
VM, 02/12/2020

Entre las novedades más destacadas en materia de tiempos de conducción y descanso, el Paquete de Movilidad de la Unión Europea incluye reglas más flexibles para el transporte internacional: así en los descansos semanales se permite la realización de dos descansos semanales reducidos consecutivos siempre que en un período de cuatro semanas consecutivas se efectúen al menos dos descansos semanales normales, es decir, de al menos 45 horas.

Pero además, tal como destaca FENADISMER, la nueva Directiva sobre desplazamiento de conductores exige el cumplimiento de determinadas obligaciones laborales y sociales en los países en que el conductor está desplazado, en el caso de los transportes de cabotaje y de transporte internacional entre terceros países distinto del país de establecimiento de la empresa transportista.

Para garantizar un control eficaz del cumplimiento de todas estas nuevas medidas flexibilizadoras, al realizar controles en carretera los agentes deben constatar que se cumplen todos los requisitos exigidos para acogerse a la nueva regulación.

Así, entre otras medidas de control, la nueva regulación contempla la obligación para los transportistas que realicen un transporte internacional de registrar en el tacógrafo cada vez que se cruce una frontera, de tal modo que si el aparato tacógrafo no lo registra automáticamente, el conductor deberá hacerlo manualmente al principio de la primera parada del conductor lo más cercano posible a la frontera del nuevo Estado miembro al que ha entrado.