|
|||
|
|||
|
Transporte Terrestre
Algunas ITV siguen recortando la vigencia de las revisiones de los vehículos pese al Auto del Tribunal Supremo que lo prohíbe
Con ha venido informando FENADISMER, el pasado martes 29 el Tribunal Supremo decretó la suspensión cautelar de la polémica Orden Ministerial publicada el pasado mes de Mayo por la que estableció el nuevo calendario para que pudieran pasar la revisión los aproximadamente 5 millones de vehículos afectados por el cierre de las estaciones de inspección técnica durante el estado de alarma, pero que a la vez recortaba su vigencia al computar el plazo para pasar la siguiente revisión no desde el día que efectivamente se realiza sino cuando le correspondía pasarla durante el estado de alarma.
En aplicación de dicho Auto, el Ministerio de Industria dictó una instrucción la semana pasada instando a las Estaciones de ITV a que apliquen el contenido del Auto judicial, aunque limitándolo sólo a las inspecciones de los vehículos afectados durante el estado de alarma que aún no la hayan pasado, pero en ningún caso con carácter retroactivo, manteniendo en consecuencia el recorte de la vigencia para realizar la siguiente revisión a los que la hayan pasado con anterioridad.
Ante dicha decisión restrictiva, que en la práctica supondrá que sólo sería de aplicación los efectos del Auto del Supremo al 40% de los vehículos afectados durante el estado de alarma, esto es, aproximadamente unos 2 millones de vehículos, FENADISMER ha planteado un recurso de aclaración al Alto Tribunal en relación a la posible aplicación retroactiva de la resolución judicial, para evitar que en la práctica que cientos de miles de vehículos de transporte que por ley deben pasar la ITV cada 6 meses sigan teniendo que pasar dos veces seguidas la ITV durante los próximos meses, pese al mandato judicial. Pero incluso dicha Instrucción restrictiva dictada por Industria ni siquiera es aplicada por algunas concesionarias de ITV que, movidas por un fin exclusivamente recaudatorio, ignoran de forma escandalosa la prohibición dictada por el Tribunal Supremo. Así ha podido constatarlo FENADISMER tras las denuncias recibidas en la Federación por parte de numerosos usuarios que, pese a advertirles del contenido del Auto a la estación de ITV donde estaban han realizado la revisión esta semana, han seguido aplicando la regulación suspendida cautelarmente por el Tribunal Supremo, obligando en el caso de los vehículos de transporte a pasar una nueva ITV dentro de pocos días. FENADISMER va a instar a las Consejerías de Industria para que adopten todas las actuaciones que sean necesarias para eliminar inmediatamente dichos abusos, sancionado de forma ejemplar a las concesionarias que lo hayan seguido realizando. Asimismo FENADISMER recomienda a todos los propietarios de vehículos afectados interponer la correspondiente denuncia ante los Servicios de Industria y Consumo de las correspondientes Comunidades Autónomas, a fin de modificar las correspondientes fichas técnicas A título de ejemplo, se puede comprobar dicha aberración en la ficha técnica de este camión que pasó su revisión este martes 6 de Octubre en una estación ITV de Murcia, obligándole a pasar una nueva revisión el próximo día 23, esto es, apenas dos semanas después. |
|
© 2017 Valenmar S.L.
|