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Buques y puertos, obligados al intercambio de información electrónico
El pasado 8 de abril entró en vigor una prescripción que obliga a los gobiernos a introducir el intercambio electrónico de información entre buques y puertos. El objetivo es facilitar el comercio transfronterizo y hacer más eficientes las cadenas logísticas
La prescripción, obligatoria en virtud del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional (Convenio de facilitación), forma parte del paquete de enmiendas del Anexo revisado de dicho Convenio, adoptado en 2016.
“La nueva prescripción del Convenio de facilitación representa un importante paso en el avance del sector marítimo y portuario hacia el mundo digital, reduciendo así la carga administrativa e incrementando la eficiencia del comercio y el transporte marítimos”, dijo el secretario general de la OMI, Kitack Lim.
El Convenio de facilitación promueve el concepto de ‘ventanilla única’ para los datos, es decir, que se presenten en un solo punto de entrada todos los datos exigidos sobre la llegada, permanencia en puerto y salida de los buques, las personas y la carga, con objeto de evitar la duplicación. La prescripción para el intercambio electrónico de datos entró en vigor al mismo tiempo que el Comité de facilitación de la OMI se reunía para su 43º periodo de sesiones. El Comité continuó su trabajo en curso sobre la armonización y estandarización de los mensajes electrónicos. Durante el encuentro se completó la primera fase del examen del Compendio de la OMI sobre facilitación y comercio electrónico y se aprobaron las Directrices revisadas para el establecimiento de un sistema de ventanilla única en el transporte marítimo. El Comité también recibió una actualización sobre un proyecto de ventanilla única marítima implantado en Antigua y Barbuda, con el apoyo de Noruega. El principal objetivo del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional de la OMI (Convenio de Facilitación), adoptado en 1965, es conseguir que el transporte marítimo sea lo más eficiente posible, buscando un tránsito sin contratiempos en los puertos para buques, carga y pasajeros. El Convenio, que cuenta con 121 con Gobiernos Contratantes, incluye artículos, normas y prácticas recomendadas para simplificar las formalidades, requisitos documentales y procedimientos para los buques a su llegada, durante su permanencia y a la salida. En el marco del Comité de facilitación, la OMI ha elaborado formularios FAL para su uso por las autoridades y los Gobiernos, y en el Convenio de facilitación se insta a todas las partes interesadas a que hagan uso de los mismos. |
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